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Renta 2024: Los errores más comunes que debes evitar y cómo rectificar la Declaración de la Renta

Corregir datos personales o cambiar la opción de tributación son pasos clave para evitar errores en la campaña del IRPF.

Edu Molina

16 de abril de 2025 16:41 h

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En plena campaña de la Renta 2024-2025, miles de contribuyentes se enfrentan al proceso de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Aunque la Agencia Tributaria facilita un borrador con información fiscal previa, la responsabilidad última recae en la persona declarante.

Aceptar sin revisar puede derivar en omisiones o datos incorrectos que alteren el resultado final de la liquidación. La revisión exhaustiva del documento es esencial para asegurar que se han aplicado correctamente deducciones, rendimientos y situaciones personales.

La presentación de una declaración incorrecta no solo afecta al resultado económico, sino que también puede acarrear sanciones por parte de la administración. Desde pequeños descuidos en los datos personales hasta omisiones de rendimientos o deducciones a las que se tiene derecho, cada error cuenta.

La Agencia Tributaria permite la corrección posterior, pero el proceso y las consecuencias pueden variar según el tipo de error y si éste ha beneficiado o perjudicado al contribuyente. En este contexto, es clave conocer los errores más frecuentes y las vías disponibles para subsanar cualquier equivocación.

Errores más comunes en la declaración de la Renta

Uno de los errores más habituales es aceptar el borrador sin revisar detenidamente su contenido. Aunque la Agencia Tributaria incorpora buena parte de la información fiscal disponible, no todos los datos están necesariamente actualizados o completos. La falta de actualización de la situación personal y familiar, como el estado civil, el número de hijos o la condición de familia numerosa, puede hacer que no se apliquen correctamente los mínimos personales y familiares.

También es frecuente la omisión de ingresos obtenidos, especialmente si proceden de varias fuentes. Esto ocurre, por ejemplo, en el caso de personas que han trabajado en más de una empresa durante el ejercicio fiscal o que han percibido prestaciones por desempleo. Igualmente, no declarar retribuciones en especie, como vales de comida, seguros médicos o vehículos de empresa, puede generar discrepancias con los datos de Hacienda.

Las deducciones no aplicadas son otro fallo común. Muchos contribuyentes no incluyen beneficios fiscales por inversión en vivienda habitual, alquiler, maternidad o por donativos. En el caso de los autónomos, a menudo se cometen errores al deducir gastos no vinculados directamente a su actividad económica o se omiten gastos deducibles por desconocimiento.

En cuanto a los ingresos del extranjero, existe la obligación de declararlos incluso si ya han tributado en otro país. La falta de inclusión de estos rendimientos puede dar lugar a regularizaciones con recargos. Asimismo, no señalar adecuadamente las ganancias patrimoniales derivadas de la compraventa de acciones, criptomonedas u otros activos es una equivocación recurrente.

Por último, no consignar correctamente los datos del domicilio fiscal o no comunicar un cambio de residencia puede derivar en sanciones. La Agencia Tributaria establece multas de hasta 250 euros si la dirección facilitada no refleja la realidad del contribuyente.

Cómo rectificar la declaración ya presentada

Si se detecta un error tras haber presentado la declaración, se puede modificar mediante el servicio Renta WEB, disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Para acceder, es necesario identificarse con Cl@ve, certificado electrónico, DNIe, número de referencia o sistema eIDAS.

Una vez en el expediente, hay que seleccionar la opción “Modificar declaración presentada” dentro del apartado “Servicios Disponibles”. Si existen varias declaraciones presentadas, el sistema solicitará elegir cuál se desea modificar. En la página de resumen, se mostrará el resultado anterior y se podrá acceder a los apartados necesarios para efectuar los cambios.

La modificación puede deberse, entre otros motivos, a la necesidad de presentar una autoliquidación rectificativa respecto a otra previamente presentada, en cuyo caso debe marcarse la casilla 103. También es posible modificar la opción de tributación, por ejemplo, pasando de declaración individual a conjunta o viceversa, lo que se indica mediante la casilla 124.

El sistema de corrección se lleva a cabo mediante la presentación de una autoliquidación rectificativa. Las modificaciones pueden realizarse directamente desde los conceptos del resumen, pulsando sobre el número correspondiente, o bien accediendo al menú “Apartados declaración”. Una vez introducidos los cambios, hay que dirigirse a la última página, titulada “Documento de ingreso o devolución”, donde se muestra el nuevo resultado tras la corrección.

En caso de no tener que añadir más datos, se puede acceder directamente a “Apartados declaración” y seleccionar “Modificar declaración Renta 2024 ya presentada”. Es imprescindible marcar la casilla 103, correspondiente a la autoliquidación rectificativa, y hacer clic en el icono del lápiz que aparece junto a dicha casilla.

En la ventana emergente, el sistema mostrará automáticamente el número de justificantes de la declaración original y los importes ingresados o devueltos. Si la declaración inicial estaba domiciliada, el importe aparecerá como 0, lo que minimiza el riesgo de errores de cálculo.

El contribuyente podrá consultar todos los datos introducidos en la rectificación y comprobar el nuevo resultado desde la opción “Resultado de la modificación”. Para finalizar, es necesario pulsar “Presentar declaración” desde los apartados correspondientes o desde el resumen. En ese momento, se debe indicar el tipo de declaración y seleccionar la modalidad de ingreso o devolución. En caso de devolución, es posible introducir un IBAN español o extranjero para recibir el importe correspondiente.

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